MyHealth@EU y el intercambio de imágenes médicas a partir de 2031
El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2083 establece las normas para que MyHealth@EU incorpore imágenes médicas, resultados de laboratorio e informes de alta hospitalaria a partir del 26 de marzo de 2031.
Redacción iRadiología · 17 de octubre de 2026 · 3 min
El 26 de marzo de 2031 entrará en vigor la obligación de intercambiar a través de MyHealth@EU las imágenes médicas, los resultados de laboratorio y los informes de alta hospitalaria entre Estados miembros de la Unión Europea. Esta fecha marca la segunda fase de aplicación del Reglamento (UE) 2025/327 sobre el Espacio Europeo de Datos de Salud (EHDS). Hasta entonces, MyHealth@EU ya permite el intercambio de resúmenes de pacientes y prescripciones electrónicas desde 2029. La incorporación de datos de imagen supone un avance concreto para la radiología, ya que permitirá el acceso a estudios de tomografía, resonancia magnética y otras modalidades cuando un paciente reciba atención en otro país miembro. El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2083 detalla los requisitos técnicos, de interoperabilidad y de ciberseguridad que deben cumplir los puntos de contacto nacionales.